ABQ ESTA AUTORIZADO COMO DEPÓSITO ADUANERO PÚBLICO (D.A.P)
Un Depósito Aduanero Público (D.A.P), es un tipo de área exenta, reconocido y controlado por la Aduana, que permite almacenar SIN límite de tiempo sus mercancías NO comunitarias, sin liquidar ningún tipo de impuesto, hasta darle un destino aduanero final.
ABQ realiza la vinculación su mercancía a nuestro Depósito aduanero Público, mediante la emisión de un Tránsito (T1) con su correspondiente precinto aduanero. Y posteriormente vinculado a depósito con la emisión de un DVD.
¿QUE PROCESOS PUEDEN SER REALIZADOS EN UN DEPÓSITO DE ADUANAS PÚBLICO (D.A.P)?
- MANIPULACIONES USUALES: Destinadas a conservar las mercancías, a mejorar su presentación o preparar para su distribución o venta.
- RETIRADAS TEMPORALES: Cuando una manipulación usual prevista, no pueda efectuarse en nuestros almacenes, se podrá solicitar la retirada temporal de la mercancía.
- RECONVERSIÓN DE UNIDADES (RUN): Cuando se desee modificar el tipo de unidad de vinculación. (Por ejemplo, mercancía que fue vinculada en unidades físicas y que se pretende extraer en set por docenas).
- TRANSFERENCIAS Y TRASLADOS: En régimen de D.A.P, pueden realizarse transferencias y traslados a otros depósitos.

BENEFICIOS
- Instrumento financiero.
- Facilita mantenimiento de stocks de seguridad, se acortan plazos de entrega.
- Posibilidad de devolución o destrucción de mercancías dañadas evitando el pago de impuestos.
VENTAJAS
- Plazo ilimitado de permanencia de las mercancías en su interior.
- Suspensión Arancelaria e IVA, hasta la ultimación del régimen.
- Cobro anticipado de las restituciones a la exportación.
- No aplicación de las medidas de política comercial.