TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS – IMO
¿Qué son las etiquetas IMO?
El transporte de mercancías peligrosas (IMO – International Maritime Organization) en contenedor por vía marítima supone una parte importante del transporte marítimo de mercancías.
Se denomina mercancía peligrosa (en adelante mercancía IMO) a una mercancía que en base a sus características está considerada como tal en el código IMDG, estando clasificadas las mismas en 9 categorías, según peligrosidad, características, etc.
El transporte de mercancías peligrosas por vía marítima está regulado por el código IMDG (International Maritime Dangerous Goods). En dicho código se estipula el tipo de estiba, incompatibilidades, segregaciones, etc.
Clasificar mercancía IMO
Los contenedores con mercancía IMO deben de llevar etiquetas en los 4 costados, en la que se indica el número IMO (UN) y la clase. A través del número UN podemos identificar el tipo de mercancía y sus características.
- Clase 1. Explosivos:
En esta categoría se encuentran varios tipos de mercancías, que se clasifican en función del riesgo de explosión, incendio o proyección que provoquen. En esta clasificación IMO se encuentran por ejemplo: detonadores, cohetes, munición…etc.
- División 1.1. Objetos con riesgo de explosión de toda la masa.
- División 1.2. Representan riesgo de proyección, pero no de explosión de toda la masa.
- División 1.3. Representan riesgo de incendio y pueden producir efectos de onda de choque.
Con un menor riesgo considerable de explosión en masa se encuentran las categorías IMO: 1.4 1.5 y 1.6
- División 1.4. Estos no representan un riesgo considerable.
- División 1.5. Poco sensibles que implican riesgo de explosión en masa.
- División 1.6. Son extremadamente poco sensibles y no representan riesgo de explosión en toda la masa.
- Clase 2. Gases:
Los IMO de clase 2 pueden presentarse en 3 estados, licuados, comprimidos o refrigerados y de acuerdo a estas propiedades se clasifican en: asfixiantes, comburentes, inflamables o tóxicos. Existen 3 divisiones para estos productos:
- División 2.1. Gases inflamables. Pueden inflamarse al contacto con una fuente de calor, como el propileno, etano o butano.
- División 2.2. Gases no inflamables, no tóxicos. Desplazan el oxígeno provocando asfixia, como el helio o el oxígeno.
- División 2.3. Gases tóxicos. Su inhalación puede causar efectos agudos o incluso la muerte. Pueden ser inflamables, corrosivos o comburentes, como el cloro.
- Clase 3. Líquidos inflamables:
La clasificación 3 de mercancías IMO, hace referencia a Líquidos inflamables y explosivos liquidos insensibles. Como pueden ser: Pinturas, Gasolina, Barnices…etc.
Su etiqueta, muy similar a la etiqueta para gases 2.2 se distingue por el número 3 del ángulo inferior.
- Clase 4. Sólidos inflamables:
De acuerdo a sus propiedades se dividen en:
- División 4.1: Materias sólidas inflamables, autorreactivas o explosivas desensibilizadas. Estas pueden reaccionar espontáneamente.
- División 4.2. Sustancias espontáneamente inflamables. Pueden inflamarse al calentarse espontáneamente, cuando entran en contacto con el aire o mientras se transportan. Estas pueden ser: carbón, virutas de metal ferroso, algodón húmedo, etc.
- División 4.3. Sustancias que al contacto con el agua desprenden gases inflamables. Entre los materiales más comunes dentro de ésta clasificación se encuentran: sodio, potasio, carburo, etc.
- Clase 5. Comburentes y peróxidos orgánicos:
Según sus propiedades las mercancías IMO 5 se dividen en 2 grupos:
- División 5.1. Líquidos o sólidos que favorecen la combustión, pueden favorecer el desarrollo de incendios. Un ejemplo es el nitrato amónico.
- División 5.2. Peróxidos orgánicos. Se derivan del peróxido de hidrógeno. Estas sustancias, por ser sumamente peligrosas, solo se pueden cargar en una unidad de carga en determinadas cantidades.
- Clase 6. Tóxicos:
Se dividen en:
- División 6.1. Sustancias tóxicas. Pueden causar la muerte por inhalación, absorción cutánea o ingestión. Un ejemplo de éstas es el metanol o el cloruro de metileno. Su etiqueta debe tener el símbolo de una calavera sobre dos tibias en color negro sobre un fondo blanco (igual que la etiqueta 2.3 para gases tóxicos), se distingue por el número 6 de la parte inferior de la etiqueta.
- División 6.2. Sustancias infecciosas. Contienen agentes patógenos (microorganismos) que pueden provocar enfermedades. Algunas pueden ser: muestras de diagnóstico, material para confección de vacunas, secreciones, sangre, excremento, cultivos de laboratorio, etc. En la mitad inferior de su etiqueta podría llevar la leyenda: “Sustancias Infecciosas” o “En caso de daño, derrame o fuga, avisar inmediatamente a las autoridades sanitarias”.
- Clase 7. Material Radioactivo:
Las mercancías clasificadas IMO 7, contienen radionucleidos, como puede ser el uranio o el torio.
- Categoría I. Para bultos con un máximo nivel de radiación en la superficie de 0.5 milirem/h o para contenedores que no contengan bultos con categorías más altas. En su etiqueta debe ir obligatoriamente la leyenda: “Radioactivo” seguida de una pequeña barra vertical roja; después deben ir los siguientes datos: “Contenido…cantidad…actividad”, así como un número 7 en el ángulo inferior.
- Categoría II. Para bultos con un nivel de radiación en la superficie mayor a 0.5 milirem/h, sin exceder los 50 milirem/h. El índice de transporte no debe exceder de 1.0, o para contenedores donde el índice de transporte no exceda a 1.0 y no contenga bultos visibles de categoría III.
- Categoría III. Para bultos con un nivel máximo de radiación en superficie de 200 milirem/h, o para contenedores cuyo índice de transporte sea menor o igual que 1.0 y que transporte bultos visibles de categoría III.
La etiqueta de ambos debe incluir de forma obligada, la leyenda: “Radioactivo” seguida de dos o tres barras pequeñas verticales (según su categoría). Posteriormente debe contener los datos “Contenido y actividad”, seguido por un recuadro de borde negro con la frase ”Índice de transporte”, así como un número 7 en el ángulo inferior de la etiqueta. - Categoría IV. Materiales fisionables. Su etiqueta debe ser blanca con la leyenda (obligatoria): “FISIONABLE” en color negro, en la parte superior, y en la parte un inferior, un recuadro que diga “Índice Cuidado Crítico” y el número 7.
- CLASE 8. Corrosivos:
Esta categoría IMO, son de efecto corrosivo al contacto, lo que significa que dañan la piel, como puede ser el ácido sulfúrico.
- Clase 9. Objetos peligrosos diversos:
La clase 9 de las etiquetas IMO, es para mercancías que suponen algún riesgo no contemplado en las anteriores, como pueden ser las pilas de litio, hielo seco…etc.
Las etiquetas IMO, sin excepción, deben de ser en forma de rombo y tener una dimensión mínima de 100mm x 100mm.